NUEVO
VALOR DEL “JUS” ($ 123.-)
A C U E R D O N°
3517
VISTO Y CONSIDERANDO: Que por Acuerdo
3513 se fijó el valor del Jus, ello en virtud de lo dispuesto en el Decreto
1146, publicado en el Suplemento del Boletín Oficial del día viernes 13 de
agosto del corriente año, por el que se establecieron, a partir del 1º de marzo
y el 1º de julio, inclusive, nuevos niveles salariales para los agentes y
magistrados que se encuentran bajo el régimen previsto en
Que a fin de
efectuar el cálculo pertinente, conforme lo previsto en el artículo 9 del
Decreto Ley 8904/75, texto según Ley 11.593, se consideró el nuevo sueldo
básico correspondiente al cargo de Juez de Primera Instancia, así como los
adicionales por tres años de antigüedad, gastos funcionales y bloqueo de
título.
Que,
sin perjuicio de la modificación de las escalas salariales, el Decreto 167/10
aumentó el porcentaje que se obla en concepto de gastos funcionales.
POR ELLO,
ACUERDA
1.
Fijar, con vigencia desde el 1º de marzo de 2010 al 30 de junio de 2010, el
valor del Jus en ciento catorce pesos ($ 114).
2. Fijar, con
vigencia desde el 1º de julio de 2010, el valor del Jus en ciento veintitrés
pesos ($ 123).
3.
Derogar el Acuerdo 3513.
4. Regístrese, comuníquese y
publíquese.
Firmado:
HILDA KOGAN, EDUARDO JULIO PETTIGIANI, HECTOR NEGRI, EDUARDO NESTOR de LAZZARI,
DANIEL FERNANDO SORIA,