RSD 40 del
1/6/09 - C-174/09 caratulados:
“GUERRINI, Raúl Emilio c/Direcc. Gral. de Escuela de
RECURSO DE APELACION –
INAPELABILIDAD DE LOS CONSIDERANDOS DE
En
definitiva, se trata de aplicar la regla según la cual el agravio debe
encontrarse localizado en la parte dispositiva de la resolución, siendo
inapelables sus considerandos; siendo del caso destacar que no concurren en el
caso -ni tampoco lo indica la apelante- las circunstancias que excepcionan el
referido principio