TARJETA DE CREDITO

rsd nº31 – FIGUEREDO R. C/ OPEN CARD y o.s/ Cobro sumario sumas dinero (Exc.Alquileres, etc.) (109) MAG. VOT. SCARAFFIA – LEVATO - GESTEIRA

 

PRUEBA:

“La prueba concreta de que la venta efectuada se hallaba fuera de la normativa vigente le incumbía a quien la invocaba por imperio del art. 375 del CPCC, lo que no aconteció en la especie, ya que no hay constancia escrita ni prueba que certificque que aquella cuota de pesos dsocientos superaba lo estimabdo por la empresa, como tampoco se probó que el comprador tuviere algún límite de compra”

DERECHO DE LOS CONSUMIDORES

“la ley de defensa de usuarios y consumidores 24.240 es una norma base dentro del sistema de tarjetas de credito, de aplicación, más quesupletoria, integrativa de la 25.065 y como tal, en ausencia de una regulación especifica de esta última, será de fundamental importancia para regular la relación de la entidad emisoria y el usurario – cfr. CNCom. Sala B., LL 1998-694”