TARJETA DE CREDITO
rsd nº31 – FIGUEREDO R. C/ OPEN CARD y o.s/ Cobro
sumario sumas dinero (Exc.Alquileres, etc.) (109) MAG. VOT. SCARAFFIA – LEVATO
- GESTEIRA
PRUEBA:
“La
prueba concreta de que la venta efectuada se hallaba fuera de la normativa
vigente le incumbía a quien la invocaba por imperio del art. 375 del CPCC, lo
que no aconteció en la especie, ya que no hay constancia escrita ni prueba que
certificque que aquella cuota de pesos dsocientos superaba lo estimabdo por la
empresa, como tampoco se probó que el comprador tuviere algún límite de compra”
DERECHO
DE LOS CONSUMIDORES
“la ley de defensa de usuarios y consumidores 24.240
es una norma base dentro del sistema de tarjetas de credito, de aplicación, más
quesupletoria, integrativa de la 25.065 y como tal, en ausencia de una regulación
especifica de esta última, será de fundamental importancia para regular la
relación de la entidad emisoria y el usurario – cfr. CNCom. Sala B., LL 1998-